Daños producidos por mascotas: Responsabilidad Civil

Daños producidos por mascotas: Responsabilidad Civil

Hoy en día tenemos muchos animales con nosotros como mascotas, gatos, perros, cerdos vietnamitas, babosas ninjas de Borneo…. Pero nos hemos parado a pensar, qué responsabilidad conlleva tener estas mascotas. En esta ocasión nos centramos en la responsabilidad civil que los dueños debemos responder por los daños que realicen nuestros animalitos.

Vamos a ver con más profundidad esta responsabilidad, ya que no solo abarca a los propietarios de las mascotas, sino también los poseedores.

¿Pero poseedores también son responsables?

Si, esta responsabilidad se debe al Código Civil, que establece que el poseedor de un animal será responsable “de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe”. Pero es más, establece que “ el poseedor de un animal o el que se sirve de él, es responsable”

Se entiende que el propietario es el primer responsable del animal, porque está bajo su guarda y custodia. Pero se amplía esta responsabilidad a los poseedores. Estos casos se dan cuando el dueño del animal le ha dejado el animal y por tanto será el poseedor el que responderá de los daños realizados en ese momento por el animal.

Por tanto, la responsabilidad de los dueños o poseedores de los animales es el daño que produzca estos y evidentemente exista una relación entre el daño y el acto del animal.

En cuanto al daño, como en todo caso de responsabilidad civil, el perjudicado ha de probar la existencia de un daño y que haya sido causado por el animal. Por tanto, los daños pueden ser patrimoniales, por ejemplo en coches, y daños personales y claro, éstos pueden ser físicos como psíquicos, aquí pueden entrar daños heridas externas, enfermedades, cualquier tipo de lesión.

Entonces, ¿Si se me escapa el perro que me ha dejado mi hermana, y provoca un daño, sería yo responsable?

Si. Si se cumplen los requisitos responsabilidad (daño causado por la acción del animal) y al ser usted el último poseedor antes de provocar el daño, porque se lo ha dejado su hermana, sería el responsable de ese daño.

Creo que el perro de mi hijo es de los que laman peligrosos, pero no se si ha realizado algo mi hijo en relación a él. ¿Qué debe hacer?

Debe identificar y registrar al perro en el registro municipal y teniendo diversas obligaciones, como comunicar cualquier incidencia que pase al animal.

Le han dejado a mi hijo que tiene 16 años, un animal de una amiga suya mientras se va de vacaciones. ¿Podría ser responsable si se pierde y provoca algún daño?

Si, ya que él es el último poseedor del animal, y evidentemente, al ser menor de edad, se establece la responsabilidad de los padres del menos, en este caso a ustedes.

Estoy disgustado, porque mi perro se ha metido en la casa del vecino y le ha mordido y casi pierde un brazo. ¿Soy responsable?

Si, ya que usted esta incurriendo en los casos del artículo 1905 del Código Civil, se ha escapado por falta de diligencia suya, y por tanto no es fuerza mayor. Tampoco es un caso de exoneración como hemos indicado anteriormente. Y el daño ha sido causado por una acción directa de su animal, demostrándose esa relación entre el daño y la acción de su perro. Por tanto es responsable de esos daños ocasionados.

¿Existen causas que exoneren de responsabilidad civil por las mascotas?

Si, es el propio Código Civil quien lo establece.

  • Puede ser en los casos de fuerza mayor, pero estos casos están muy limitados por la jurisprudencia.
  • Los casos que derivan por la culpa del que ha sufrido el daño.
  • Concurrencia de culpas.

Por estos casos y las innumerables situaciones que pueden darse, es conveniente la contratación de un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños de sus animales domésticos, ya que pueden ocurrir en cualquier despiste o situación fortuita y las consecuencias pueden ser importantes.

www.sanchezdelablanca.com
No Comments

Post A Comment

Suscríbete y estarás al día de todo lo que afecta a tu negocio

 

Pin It on Pinterest

Shares
Share This