15 Feb Impuesto municipal de vehículos
Impuesto municipal de vehículos de tracción mecánica
¿Qué es?
El impuesto municipal de vehículos, es un impuesto, de competencia municipal, que grava la titularidad de los vehículos de tracción mecánica y siempre que sean aptos para circular por las vías públicas, y que hayan sido matriculados en el registro de tráfico.
¿Quién es el sujeto pasivo?
La persona que conste en el permiso de circulación como titular del vehículo.
¿Cuánto se paga por el impuesto municipal de vehículos?
El impuesto se calcula según un cuadro de tarifas. A cada tipo de vehículo se le asigna una cantidad mínima en función de la potencia fiscal, el número de plazas, capacidad de carga y la cilindrada.
¿Cuándo se devenga el impuesto municipal de vehículos?
El impuesto se devenga el primer día del año y el periodo impositivo siempre coincide con el año natural.
¿Todos los vehículos a motor están sujetos al impuesto municipal de vehículos?
No, ya que no estarán sujetos los vehículos que han sido dados de baja en Tráfico, y los vehículos considerados históricos. También están no sujetos los remolques o semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica cuya carga útil no supere los 750 kg.
Me quiero comprar un tractor, ¿tengo que pagar impuesto de vehículos?
Los vehículos agrícolas están exentos del pago del Impuesto, siempre y cuando vaya provisto de la correspondiente cartilla agraria. Sí es así, el Ayuntamiento competente, emitirá un certificado de exención.
He comprado un vehículo a mediados de año, ¿tengo que pagar el Impuesto municipal?
Sí ha comprado el vehículo a mediados de año, el impuesto municipal aún le vendrá al anterior propietario, siempre que lo fuera éste en fecha de 1 de Enero. Así que por tanto, el impuesto municipal, no le vendrá a su nombre hasta el próximo año.
Lo que si puede suceder, es que en anterior propietario no haya pagado el impuesto municipal por cualquier otro motivo ( no haya salido al cobro el recibo, o no ha realizado el pago ), en este caso, el responsable es el anterior propietario pero sin el pago del impuesto municipal no se podrá realizar la transferencia.
Quiero que me hagan la transferencia en Gestoría Sánchez de la Blanca, ¿Tengo que aportarles justificante del pago del recibo del impuesto municipal para realizar la transferencia?
En un principio ya no es necesario, porque los Ayuntamientos y la Dirección General de Tráfico han desarrollado un convenio por el cual intercambian dichos datos, siempre y cuando les conste el pago. Si no es así, nos será necesario el original el justificante del pago.
Para dar de baja un vehículo de más de 15 años, ¿me hace falta que les aporte el recibo del impuesto?
No es necesario, pero no quiere decir que no esté obligado a realizar el pago del mismo.
Si hago la transferencia de mi coche, antes de final de año, ¿me vendrá a mi nombre el próximo año?
No, siempre y cuando se presente en la Jefatura Provincial de Tráfico, antes del 31 de Diciembre, y ya para le próximo recibo le vendrá al nuevo propietario.
Mi moto, no la uso y la quisiera dar de baja, ¿ qué pasaría con el impuesto municipal?
El ayuntamiento no pasaría al cobro su recibo ya que no cumple con los requisitos establecidos para el impuesto. Pero en cuanto rehabilite o de el alta a su moto, procederá el ayuntamiento al cobro de los recibos desde la fecha de la rehabilitación.
Soy de Manzanares y estoy mirando la posibilidad de comprar un vehículo eléctrico, ¿Tengo algún tipo de bonificación en el impuesto municipal?
Si, en concreto en nuestro municipio, Manzanares, existe una bonificación del 50%, conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal en su artículo 7.
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