28 Oct La cláusula suelo
La cláusula suelo
La cláusula suelo afecta a muchas hipotecas que se han suscrito en los últimos años. Las entidades bancarias incluían en los contratos unos topes máximos y mínimos para evitar las fluctuaciones del euribor, por el cual se evitaba que los intereses crecieran en los momentos que estuviera ese tipo de referencia alto, pero afecta también, en este caso en contra del cliente, cuando el euribor era bajo.
¿Qué es la cláusula suelo?
Es el tope mínimo de interés que se estableció en muchos contratos de hipotecas en el que al cliente no le permite pagar menos en su cuota mensual cuando el tipo de referencia, en la mayoría de los casos euribor, se encuentra bajo.
¿A qué tipo de hipotecas afecta?
La clausula suelo solo afecta a las hipotecas de tipo de interés variable, ya que se calcula éste mediante el euribor más un diferencial fijo. Así por ejemplo aquellas hipotecas calculadas con un interés variable de euribor + 1% de diferencial.
¿Mi hipoteca tiene cláusula suelo?,¿Cómo puedo saberlo?
Si ha notado que con la bajada del euribor, su cuota no ha ido bajando de la forma que debiera, debe saber que puede ser un indicio que tiene cláusula suelo. Aunque es necesario comprobar en el contrato hipotecario si existe una cláusula en el que refleje la constancia del suelo, que puede mencionarse con distintas denominaciones como interés mínimo…
¿Sí encuentro la cláusula suelo en mi hipoteca, es legal?
Tenemos que partir de la premisa que es una cláusula totalmente legal, pero debido a las denuncias realizadas a las distintas entidades bancarias, se ha comenzado a no incluir la misma en las hipotecas. Todo esta a la espera de la decisión del Tribunal de Justicia Europeo, aunque ya ha sido el Tribunal Supremo quien ha dictado la ilegalidad del suelo hipotecario por ser poco transparentes.
Entonces, ¿Cuándo se puede demandar la anulación de la cláusula suelo?
Se puede demandar para la anulación de la cláusula suelo cuando no existe firmada una oferta vinculante de la hipoteca e incluso cuando en ella no figuraba, ya que en este caso existe un desconocimiento por parte del cliente de la existencia de la cláusula suelo.
También puede ser cuando exista una clásula suelo pero no existe una cláusula techo, al existir en este caso una protección al banco pero no en cuanto al cliente.
Otra causa que puede servir de base para la demanda es que no se informo debidamente al futuro hipotecado de la existencia de la cláusula suelo y sobre todo, en qué consistía. Como hemos dicho anteriormente, en el contrato de hipoteca, la cláusula suelo viene reflejada con otras denominaciones y es por tanto obligación de la entidad bancaria la explicación debida de la misma de forma comprensiva.
¿Solo existe la posibilidad de demandar a la entidad bancaria para que me quiten la cláusula suelo?
Claro que no, no es una labor fácil, pero puede llegar de forma amistosa a un acuerdo con su entidad bancaria.
Así, mediante una negociación con la entidad bancaria, intentando la supresión de la cláusula suelo, siendo hoy una posición favorable para el cliente.
Otra forma es realizar una reclamación a la entidad bancaria mediante escrito dirigido a ella. Sí en dos meses, no ha sido contestado a dicha reclamación, se seguirá la misma al Banco de España, y ya en última instancia se deberá realizar la demanda ante los Juzgados competentes.
¿Existe riesgo de perder en el procedimiento judicial de clásulas suelo?
Como en todo procedimiento judicial, nadie, le puede asegurar un 100% de seguridad, pero siendo objetivos, los tribunales están dando la razón a la mayoría de los afectados en su deseo de eliminar la cláusula suelo.
¿Existe retroactividad en cuanto a la devolución de las cantidades pagadas con anterioridad?
Eso no hay un criterio unánime en la jurisprudencia y aún no se le puede dar seguridad por completo, ya que se encuentra todavía el procedimiento en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de la cual se espera la sentencia para finales del año 2016.
¿Sí interpongo demanda judicial, cuánto puede costar?
Dependerá de la cantidad reclamada en el procedimiento judicial, ya que intervienen abogados y procuradores de los tribunales, pero debe saber que si hay condena firme a la parte contraria, es decir, sí gana usted el procedimiento, existirá condena en costas a la parte contraria, por tanto, todos los gastos en los que se incurran a lo largo del procedimiento judicial serán a cargo de la parte que pierda.
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