Siniestro con pérdida total de un vehículo

Siniestro con pérdida total de un vehículo

Siniestro con pérdida total de un vehículo.

Tenemos un siniestro con nuestro vehículos y tememos la frase «siniestro con pérdida total de un vehículo». En cuanto recibimos ese dictamen por parte de la compañía de seguros, nos surgen muchísimas preguntas y dudas al respecto. Por eso en este artículo pretendemos solventar algunas de ellas.

Antes de nada, debemos comenzar con una serie de definiciones que son importantes conocer:

  • Pérdida total: Se declara “Pérdida total” o “Siniestro total” el estado de un vehículo cuando su reparación tiene un coste superior al del valor del coche o cuando el coche es irrecuperable. Dicho vehículo irrecuperable se puede producir en las siguientes situaciones, un coche robado que no aparece, un coche robado que aparece calcinado o destrozado, un coche incendiado completamente o en gran medida
    un coche inutilizable después de sufrir un accidente.
  • El Valor de mercado: Es el valor que tiene el vehículo siniestrado justo antes de que ocurra el siniestro.
  • Valor a nuevo: En este caso hablamos del precio total del vehículo en su estado de nuevo, en el que se incluyen los accesorios de serie.
  • El Valor venal: Valor que, al contrario que pasa con el valor de mercado, es justo después de que ocurra el siniestro.

¿Se nos reparará el vehículo?

Sí el siniestro se ha ocasionado por nuestra culpa, dependerá de que tipo de coberturas hemos contratado en nuestro seguro en su día.
Sí el siniestro es ocasionado por un tercero, y dicho siniestro supera el 75% de la suma asegurada, las compañías aseguradoras suelen dar nuestro vehículo por «Perdida Total», más conocido habitualmente por «Siniestro Total». Aún así podemos (estamos en nuestro derecho de poder) solicitar la reparación de dicho vehículo.

¿Qué es lo más recomendable en caso de siniestro pérdida total?

Para responder a esta pregunta, dependerá principalmente de la antigüedad del vehículo y de los daños producidos en éste, en estos casos tenemos que tener claro que el perjudicado tiene derecho a que se le restituya la cosa a su estado inicial antes del dicho siniestro por supuesto sin ningún tipo de incremento o mejora.

Existe multitud de jurisprudencia al respecto en el que se toma de referencia el 40% del valor venal por el cual si es inferior a éste, se procederá a reparar el vehículo.

¿Cómo podemos saber el valor de tasación de nuestro vehículo?

La mayoría de las compañías aseguradoras recurren a las tablas elaboradas, como son:

  • Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos (Ganvam) y Eurotax.

Estas tablas establecen los indicativos o marcan los valores del mercado en función de la antigüedad, estado de conservación y equipamiento del vehículo. Acerca del kilometraje, se fijan unos kilómetros anuales estimados, dependiendo de la marca, modelo, motor y cilindrada de nuestro vehículo. Normalmente las compañías aseguradoras suelen acogerse al Valor Venal que difiere con el Valor de Reposición, generalmente más alto que el anterior. Recordar leer las cláusulas de la póliza relativas a la indemnización por “Siniestro Total” es clave para no llevarse ningún tipo sorpresas a última hora, pero también el apartado de exclusiones,  no obstante, el valor a aplicar en caso de siniestro total o robo (venal, venal mejorado, de reposición, etc.) tiene que estar en negrita y en lugar destacado de nuestro póliza.

¿Problemas que suelen suceder con la indemnización propuesta?

Sí la indemnización propuesta por la compañía de Seguros, no nos satisface, entramos en un escenario complicado, y tendremos que emprender medidas para el abono de la reparación. Según el Código Civil en su artículo 1902 nos dice que: “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

¿Estaría la reclamación a la compañía contraria incluida con la cobertura de defensa jurídica?

Respecto a la defensa jurídica, debemos de asegurarnos de lo que firmamos. Límite de la cobertura, elección de letrado, tasas judiciales,…, son puntos importantes a la hora de firmar la póliza.

¿Cómo debemos de proceder en el caso de reclamación jurídica de la propuesta ofertada por la compañía contraria de un siniestro con pérdida total?

Para la reclamación judicial, es recomendable reparar nuestro vehículo y presentar dicha factura al juzgado. En cambio sí por circunstancias económicas no nos es posible reparar el vehículo tenemos dos opciones:
Solicitar al taller donde vayamos a realizar una factura pro-forma.
Solicitar un préstamo para dicha reparación, en el que conste la finalidad del mismo. Se podrán reclamar, los intereses de dicho préstamo.
En estos casos es recomendable, acudir a un despacho jurídico

No Comments

Post A Comment

Suscríbete y estarás al día de todo lo que afecta a tu negocio

 

Pin It on Pinterest

Shares
Share This