01 Ene Sistema de cotización para autónomos 2023
El próximo 1 de enero de 2023 entra en vigor el nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos.
Este modelo se va a ir implantando de forma gradual en los próximos 9 años y se basa en la cotización a través de los rendimientos netos reales obtenidos por el autónomo.
El autónomo va a tener que hacer una provisión de rendimientos que vaya a tener y seleccionar de entre los 15 tramos la base de cotización provisional sobre la que se calcularán las cuotas a ingresar mes a mes. Pero sin olvidar, que posteriormente la TGSS regularizará anualmente la cotización previa con la información recibida por la AEAT en los impuestos de la renta.
¿Cuáles son los pasos?
Lo primero que debe hacer el autónomo es estimar los rendimientos netos que va a tener en cada año natural. Con esto se va a elegir la base de cotización provisional y por tanto, lo que va a pagar cada mes.
Para hacer esa provisión, deben tener en cuenta:
- La totalidad de rendimientos netos obtenidos cada año natural, de todas las actividades económicas, empresariales o profesionales que tengan y con independencia que sea a título individual como si son socios de alguna sociedad.
- A este rendimiento neto, que se calcula conforme a las reglas del impuesto de la renta, se podrá añadir, dependiendo si están en régimen de estimación directa u objetiva, las cuotas de seguridad social y descontarse un 7% de gastos genéricos, aunque en los casos de autónomos societarios sería un 3%.
En segundo lugar, cuando ya se tenga la cantidad de rendimientos netos previos estimada, se debe elegir la base provisional. La cual se divide en tabla reducida para ingresos inferiores al SMI del año 2022 y tabla general. En total son 15 tramos consecutivos con bases mínimas y máximas. Para el año 2023 es la siguiente:

Tabla_Reta_2023
Cuando ya haya finalizado el ejercicio, la TGSS procederá a realizar la regularización de las cuotas comprobando que la base y la cuota provisional que eligió el autónomo se corresponden con los rendimientos efectivamente obtenidos. Así, la AEAT comunicará a la TGSS los rendimientos netos declarados en el impuesto de la renta en el año anterior y comparará las bases y las cuotas provisionales si están dentro del tramo definitivo que le corresponde. Dependiendo el caso, la TGSS reclamará la diferencia o devolverá si el autónomo ha declarado demás.
¿Cuál es el calendario del nuevo sistema de autónomos a partir de ahora?
Pues hasta ahora el autónomo no solía preocuparse sobre las bases de cotización salvo en determinados casos pero a partir de año 2023, el autónomo cotizará por las bases provisionales que debe comunicar y conforme a los rendimientos que estime que va a recibir. En enero de 2024, tendrá que realizar lo mismo, es decir, hacer una previsión de ingresos para ese año y elegir las bases provisionales.
El autónomo realizará la declaración de la renta hasta la fecha 30 de junio, como todos los años, y será a partir de septiembre de 2024 cuando la AEAT comunicará a la TGSS los datos de los rendimientos declarados en la renta para que ésta compruebe que los datos provisionales comunicados tanto de bases como de cuotas pagadas en el 2023 son los que coinciden o no con los definitivos.
Si no existen discrepancias, no harán ningún requerimiento. En el caso de haber ingresado una cantidad inferior procederán a solicitar la diferencia para que se le ingrese y si, por el contrario, se ha ingresado una cantidad superior procederán a devolver los importes teniendo como fecha máxima de devolución hasta abril del año siguiente, es decir en este caso sería hasta abril del 2025.
¿Sí me sale a pagar de más, conlleva sanción?
No, en ningún caso. De hecho, la TGSS sabe que es muy difícil saber de antemano los ingresos que se van a tener y por eso no hay sanción ni intereses.
¿Puedo modificar las bases a lo largo del año?
Si, puede modificar hasta seis veces las bases con un intervalo de dos meses.
Yo tengo tarifa plana, ¿Me afecta?
No, se sigue manteniendo la tarifa plana siempre y cuando la esté disfrutando antes del 31 de diciembre del 2022.
¿Existe una nueva tarifa plana a partir del 2023?
Si, esta tarifa implica que se extienda hasta los 24 meses pero con unas condiciones nuevas que son diferentes a la actual tarifa plana.
Los doce primeros meses se pagará 80 euros y los 12 meses siguientes, se debe solicitar de forma expresa la aplicación de este nuevo periodo de 12 meses y que se ha ingresado en el año anterior un importe inferior al SMI, porque si no se regularizará los rendimientos conforme a la tabla antes vista.
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