Deducción del IVA soportado en el comienzo de una actividad

Deducción del IVA soportado en el comienzo de una actividad

En el momento del comienzo de una actividad, es uno de los momentos en los que más gastos soporta toda empresa en la que aun no tiene suficientes ingresos.

Es por ello, que la Ley del IVA contempla la posibilidad de poder deducirse las cuotas soportadas antes de iniciar la actividad.

Serán soportados aquellas inversiones y gastos con la intención confirmada de destinarlos a la actividad que pretendemos llevar a cabo. Pero una cosa a tener en cuenta, y es que es el contribuyente el que debe probar que es así, es decir, hay que probar el destino de estos gastos realizados.

Es recomendable proceder dar de alta previa al inicio de la actividad, para poder realizar la deducción de las cuotas de IVA soportadas, y en el momento que iniciamos la actividad procedemos alta definitiva.

Otra cosa a tener en cuenta, es la regularización que debe hacerse en aquellas actividades que se encuentren exentas total o parcialmente y por tanto limitando la posible deducción del impuesto. Por esa razón en el alta previa comunicaremos el porcentaje de deducción que aplicaremos dependiendo de la actividad.

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www.sanchezdelablanca.com

 

 

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