21 Abr ¿Estás en ERTE?, recuérdalo para el año que viene: Tienes dos pagadores a efectos de la renta
El año que viene muchos trabajadores van a tener una desagradable sorpresa cuando vayan hacer la declaración de la renta. ¿Por qué? Pues muy sencillo, van a tener dos pagadores y eso siempre tiene consecuencias fiscales y sobre todo en el impuesto sobre la renta.
Esto les va a afectar de dos maneras, en un primer lugar, aunque no lleguen al límite de ingresos legal para hacer la declaración van a estar obligados y en segundo lugar, es muy probable que les salga a pagar.
¿Cuándo existe dos pagadores?
Este caso se da cuando se perciben ingresos de dos entidades diferentes, es decir con número de identificación fiscal (NIF) diferentes. Así por ejemplo en el caso que estamos viendo, los trabajadores van a recibir sus ingresos de forma normal de sus empresas (por tanto un NIF) pero la prestación desempleo lo recibe de la Seguridad Social (otro NIF). En consecuencia, van a recibir ingresos denominados rendimientos de trabajo de dos entidades diferentes.
¿Pero si no llego a 22000 euros, estaré obligado?
En circunstancias normales, es decir si no llega a 22000 euros, no estaría obligado a realizar el impuesto de la renta, pero siempre que sea solo un pagador (un único NIF), pero el año que viene va a cobrar de dos pagadores (dos NIF) por tanto ese límite baja automáticamente de 22000 euros a 14000, y el otro requisito que establece la norma es que el segundo pagador, la cantidad que le pague supere los 1500 euros.
Por esta razón, es muy probable que un trabajador que esté en ERTE y éste sea dos o tres meses, tenga la obligación de realizar la renta a pesar de tener unos ingresos inferiores a 22000 euros.
¿Porqué puede salir a pagar?
En estos casos de segundos pagadores, a la hora de hacer el cálculo de las retenciones tienen en cuenta las retribuciones que pagan hasta el 31 de diciembre y no tienen en cuenta todo lo que ingresa el trabajador a lo largo del año. Es por ésto, que el tipo de retención es inferior a lo que le correspondería si se tuviera en cuenta todos los ingresos. Así de esta manera, al tener una menor retención en los ingresos que vaya a recibir del desempleo, las cantidades retenidas serán menores a las que debe declarar en el impuesto de la renta del año que viene, y hay muchas probabilidades de pagar en el mismo. Siempre teniendo en cuenta, las circunstancias personales de cada caso.
Esperemos que esta circunstancia sea tenida en cuenta por parte de nuestros gobernantes, y se proponga de forma excepcional la exención de rentas por estas circunstancias, ya que cerca de 4 millones de trabajadores pueden verse afectados.
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