15 Ene La inversión del sujeto pasivo en el IVA
La inversión del sujeto pasivo significa que la condición de sujeto pasivo puede hacerse recaer en el destinatario de la operación sujeta al IVA. Así, la persona que compra un bien o es el receptor de un servicio es el que sería el sujeto pasivo en vez de ser el vendedor del bien o el que realiza el servicio.
Pero para poder hacer esta inversión del sujeto pasivo es necesario que el destinatario sea un empresario o profesional actuando como tal.
¿Cuándo se produce la inversión del sujeto pasivo?
Se da en las siguientes operaciones:
- Operaciones que se realicen por personas o entidades no establecidas en el territorio de aplicación IVA
- Entregas de oro, desechos nuevos de la industria, desperdicios y desechos.
- Prestaciones de servicios que tengan por objeto derechos de emisión de gases de efectos invernadero.
- Entregas de bienes inmuebles tras un proceso concursal, de bienes inmuebles exentas en las que el sujeto pasivo hubiera renunciado a la exención y entregas de bienes inmuebles efectuadas en ejecución de garantía en bienes inmuebles, y en los casos que se ejecuta la garantía cuando se transmite el inmueble a cambio de la extinción total o parcial de la deuda garantizada o de la obligación de extinguir la referida deuda por el adquirente.
- Ejecuciones de obras, cesiones de personal para su realización, consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista que tengan por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones.
- Rehabilitación de un local de negocios por parte del arrendatario.
- Teléfonos móviles, consolas, ordenadores portátiles y tabletas.
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- En este caso se aplicará cuando el destinatario sea un profesional o empresario revendedor
- El empresario o profesional diferente al anterior cuando el importe total de entrega de estos bienes exceda de 10000 euros.
¿Cuál es el funcionamiento?
La factura que realiza el vendedor o prestador de servicios se debe indicar que es una operación con inversión del sujeto pasivo. En la factura no debe indicarse el IVA.
El vendedor o prestador indicará en el modelo de autoliquidación del IVA en la casilla de operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo las cantidades.
Es el receptor de la factura quien registrará la factura de manera que en el modelo de autoliquidación declare el importe de la base imponible y el IVA deducible.
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