Novedades Tributarias y Económicas del Real Decreto-ley 9/2024

Novedades Tributarias y Económicas del Real Decreto-ley 9/2024

El Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, introduce importantes medidas en los ámbitos económico, tributario, de transporte y de Seguridad Social. Estas medidas incluyen prórrogas y cambios significativos destinados a apoyar tanto a los contribuyentes como a sectores estratégicos.

A continuación, te explicamos de forma clara y práctica las principales novedades:

Cambios en el IRPF

Incremento del límite para la declaración de la renta

A partir del 1 de enero de 2025, los contribuyentes con ingresos de hasta 22.000 euros anuales y más de un pagador no estarán obligados a presentar la declaración, siempre que los rendimientos del segundo y restantes pagadores no superen los 2.500 euros (antes el límite era de 1.500 euros).

Deducciones prorrogadas hasta 2025

  • Eficiencia energética: Se mantiene la deducción por obras de mejora en viviendas.
  • Vehículos eléctricos y puntos de recarga: Continúan las deducciones por la adquisición de estos bienes.

Estimación Objetiva en IRPF y Régimen Simplificado en IVA

  • Límites prorrogados: Durante 2025 se mantienen los límites cuantitativos que permiten aplicar el método de estimación objetiva en IRPF y el régimen simplificado de IVA.
  • Plazo para renuncias o revocaciones:
    • Del 25 de diciembre de 2024 al 31 de enero de 2025.
    • Las solicitudes hechas entre el 1 y el 24 de diciembre de 2024 también serán válidas y podrán modificarse hasta el 31 de enero de 2025.

Cambios en el IVA

  • Depósitos fiscales: Se introducen medidas relacionadas con el almacenamiento de gasolinas, gasóleos y otros carburantes.
  • Regularizaciones específicas: Nuevas regulaciones para periodos de liquidación anteriores y devoluciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.

Impuesto sobre Sociedades

A partir del 1 de enero de 2025 se prorroga la libertad de amortización para inversiones en energías renovables.

Otros Impuestos

  • Impuesto sobre líquidos de cigarrillos electrónicos:
    • Entrada en vigor: 1 de abril de 2025.
    • Presentación de autoliquidaciones: del 1 al 20 de julio de 2025.
  • Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones:
    • Cambios aplicables a partir del 1 de enero de 2024.
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