16 Ago Nuevos recargos por presentación fuera de plazo
Recientemente se ha publicado la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego, y con ello se ha modificado entre otras normas, el artículo 27 de la Ley General Tributaria.
En este artículo se tratan los recargos por presentación de declaración o autoliquidación extemporánea sin requerimiento previo. En concreto, en una primera parte se ha realizado una minoración de los porcentajes de recargo y por otra parte se regula la exoneración del régimen de recargos para el supuesto en que el obligado tributario regularice su situación tributaria con la presentación de la autoliquidación correspondiente a otros periodos del mismo concepto impositivo, unos hechos regularizados por la Administración.
Minoración de los porcentajes de recargo por presentación extemporánea
El porcentaje será de 1 por ciento más otro 1 por ciento adicional por cada mes completo de retraso respecto al término establecido para la presentación e ingreso
Si pasan 12 meses, el recargo será del 15 por ciento.
Exoneración de recargos
Existirá exoneración de recargos en los casos que el obligado tributario regulariza con la presentación de una autoliquidación o declaración correspondiente a otros periodos del mismo concepto, aquellos hechos idénticos a los regularizados por la Administración y siempre que:
- Se presente en el plazo de 6 meses a contar desde el día siguiente a aquel en que la liquidación se notifique.
- Que la regularización de la Administración no derive una sanción.
¿Cuándo entra en vigor estos nuevos recargos?
Ya ha entrado en vigor y puede ser exigidos con anterioridad a la entrada en vigor, siempre que sea más favorable para el obligado tributario y que no sean firmes los antiguos recargos.
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