27 Abr IRPF: Obligados a realizar la renta
IRPF: Obligados a realizar la renta
Estamos en campaña de renta del ejercicio 2017, y están obligados a realizar la renta los siguientes contribuyentes conforme a la Ley del Irpf:
- Contribuyentes que tuvieran derecho a aplicar el régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual, la deducción por doble imposición internacional, aportaciones a planes de pensiones, entre otros, que reduzcan la base imponible cuando ejerciten el correspondiente derecho.
- Contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio rentas superiores a las cuantías siguientes:
Regla 1. Contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de las siguientes fuentes, siempre que no superen ninguno de los límites que en cada caso se señalan, en tributación individual o conjunta:
- Rendimientos de trabajo:
- El límite es de 22.000 euros, cuando tiene un pagador y si tiene dos o más, tiene unos ingresos inferiores a 1500 euros.
- El límite es de 12.000 euros en los casos de tener más de un pagador y el segundo y restantes, tiene unos ingresos superiores a 1500 euros
- En los casos de pensiones compensatorios o anualidades por alimentos
- El pagador de los rendimientos no está obligado a retener
- Rendimientos sujetos a tipo fijo de retención
- Rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales, el límite es de 1600 euros
- Rendimientos inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro, subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, el límite es de 1000 euros.
Regla 2. Contribuyentes que hayan obtenido durante el ejercicio 2017, rendimientos de trabajo, de capital, actividades económicas, ganancias patrimoniales hasta un importe máximo en conjunto de 1000 euros o perdidas patrimoniales inferior a 500 euros.
La regla 1 y 2 que acabamos de ver son independientes, es decir, actúa la regla 2 como criterio corrector de la regla 1 para rentas de escasa cuantía.
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