SEGUROS PARA EMPRESAS

SEGUROS PARA EMPRESAS

Seguros para empresas:

Responsabilidad Civil, Multirriesgo, Convenios, Vehículo,…

A la hora de pensar en los seguros necesarios para nuestra empresa y donde o como contratarlos nos encontramos un abanico muy amplio, por eso es conveniente cuales son los seguros para empresas que más necesitamos. Una buena elección de estos puede generarnos un ahorro considerable dependiendo de cómo realicemos su contratación. El factor fundamental, para dicha contratación, dependerá del sector de la empresa y al convenio colectivo por el que se rige nuestra empresa.

¿Cuál o cuáles son los seguros para empresas que los negocios deben contar?

  • Seguro de RESPONSABILIDAD CIVIL
  • MULTIRRIEGO o PYME
  • Seguro de ACCIDENTES DE CONVENIOS COLECTIVOS
  • Seguro a los VEHICULOS propiedad de la empresa
  • Seguro de VIDA
  • Seguro de ACCIDENTES
  • Seguro de SALUD

 Seguros para empresas:

 

Seguro de RESPONSABILIDAD CIVIL:

Dentro de los seguros para empresa, el seguro de Responsabilidad Civil es de los más importantes con los que debe contar en todo caso, ya que nos cubre los daños o perjuicios producidos a terceros, por nuestra empresa o actividad profesional. Decir que la RC está regulada mediante los artículos 1.902 y 1.903 del Código Civil en el que nos estable, “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia está obligado a reparar el daño causado», «La obligación que impone el artículo anterior es exigible, no sólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder”, respectivamente.

Existen varios tipos de seguros de Responsabilidad Civil, dependiendo la actividad a la que se destina y las coberturas a contratar como pueden ser, RC para empresas, RC para autónomos, RC para profesiones, RC para directivos,…

Las garantías del RC son fundamentalmente tres, RC de Explotación, RC Patronal, RC Productos/Post-Trabajos que paso a detallar a continuación:

  • La RC de Explotación, cubre los daños ocasionados o acaecidos a terceros por la actividad declarada.
  • La RC Patronal, cubre cualquier reclamación por daños personales o fallecimiento del asegurado en el desarrollo de su actividad.
  • La RC Productos/Post-Trabajos, cubre los daños de los productos que una vez entregado estén defectuosos.
MULTIRRIESGO para PYME:

Otro de los seguros para empresa importantes para los negocios es el seguro PYME está pensando en el desarrollo y particularidades de su actividad y cubre cualquier tipo de improviso que pueda surgir. Generalmente las coberturas contratadas en dichas pólizas son: incendio y complementarios, fenómenos atmosféricos y otros daños materiales, daños por agua, robo y espoliación, R. Civil, daños eléctricos, avería maquinaria, bienes refrigerados, roturas, derrame de líquidos y protección jurídica.

Seguro de ACCIDENTES DE CONVENIOS COLECTIVOS:

El seguro de Convenio cubre la indemnización por accidente, incapacidad parmente y muerte del trabajador. La indemnización viene fijada por el convenio colectivo y el coste de la prima de dicho seguro está marcado por el número de trabajadores, la actividad que desempeñan y el importe a indemnizar a los trabajadores en caso de un siniestro fijada por el convenio al que pertenece.

Seguros de los VEHICULOS de la empresa:

Todos los vehículos que formen parte de la flota de la empresa deben estar cubiertos por una póliza, incluyendo y especificando los vehículos industriales o comerciales.

Seguro de Vida:

El seguro de vida tiene el objeto de garantizar en caso del fallecimiento del asegurado a todas las personas que este tenga a su cargo. En este tipo de seguros es conveniente identificar al tomador que es quien contrata el seguro y abona sus primas, al asegurado y al beneficiario que es quien percibe el capital  contratado en póliza.

Seguro de Accidentes:

El seguro de Accidentes, es aquel que cubre el riesgo del asegurado ante posibles lesiones corporales derivadas por causas no intencionadas y que produzcan la incapacidad permanente o temporal y/o la muerte del aseguro al igual que cubrir la prestación de una asistencia sanitaria según las coberturas contratadas en la póliza. Dichos seguros pueden ser individuales o grupales al referirse a un colectivo en concreto, anuales o temporales, por cuenta propia o ajena.

Seguro de Salud:

El seguro de Salud, es un contrato entre el asegurado y una compañía de seguros, donde por el pago de una serie de cuotas, esta le abonara los gastos médicos en los que usted o su familia pueda incurrir determinados por coberturas del contrato que se haya firmado.

Adicionalmente según la Ley 46/2002, de 18 de diciembre de 2002, dichos seguros tienen unas bonificaciones fiscales que les hacen ser muy interesantes.

Para una empresa que hace un seguro de Salud a sus empleados y no supere el límite de 500€ anuales, el trabajador o empleado, no lo tendrá que declarar en el IRPF ya que no se considera retribución en especie, además dichas cuotas son deducibles al 100% como otros gastos sociales en el Impuesto de Sociedades.

Para los profesionales, autónomos, deportistas o artistas, si contratan un seguro de Salud se les aplica una deducción por las primas que abonan, tanto para ellos, como para el cónyuge e hijos menores de 25 años con un límite de 500€ en dichas deducciones por cada uno de ellos.

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